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año:2011
 
institución:INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
 
institución:MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
 

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2011
50
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 501-8000 F: (506) 501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 12318 7 de diciembre, 2011 DFOE-DL-1123 Licenciada Mardeluz Mena León Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES Correo electrónico mmena@munibuenosaires.go.cr Estimada señora: Asunto: Se archiva sin pronunciamiento especial consulta de la Auditoría Interna de Buenos Aires sobre el financiamiento de alimentación y hospedaje por parte del Comité Cantonal de Deportes y Recreación. Se refiere este Despacho su oficio Nro. AI/MBA/137-2011 del 18 de noviembre de 2011, mediante el cual consulta lo siguiente: “Es posible que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Buenos Aires, aporte alimentación y hospedaje, para la Vuelta Ciclística de Costa Rica?” Al respecto, es pertinente señalar que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994 y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa citada, si bien el criterio legal no es exigible a las Auditorías Internas, no significa de modo alguno que al plantear este tipo de gestiones no justifique o razone su posición con respecto a los temas consultados. Siendo así, es necesario que en las solicitudes que eleve ante este órgano contralor para que emita criterio sobre diversos puntos, desarrolle su posición y criterio profesional sobre el tema que consulta. En razón de lo anterior se procede a archivar la consulta planteada sin ningún pronunciamiento especial de nuestra parte. ...
Fecha publicación: 23/12/2011
Fecha emisión: 07/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: CCDR


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase Al oficio No. 12859 19 de diciembre del 2011 DCA- 3337 Señor Ferdy Montes Beita Asistente Proveeduría Municipal Municipalidad de Buenos Aires Fax: 2730-00-50 Estimado señor: Asunto: Se deniega refrendo por no requerirse en razón de su cuantía, a los contratos suscritos entre la Municipalidad de Buenos Aires y las empresas Taberna Los Pioneros Ltda por un monto de ¢53.265.900,00 (cincuenta y tres millones doscientos sesenta y cinco mil novecientos colones exactos) y Constructora Altamirano Batista S.A, por un monto de ¢48.980.000,00 (cuarenta y ocho millones novecientos ochenta mil colones exactos), correspondientes respectivamente a servicios para la conformación de la superficie de ruedo, cunetas y colocación de material granular en caminos del cantón y servicios de mano de obra, materiales y equipo, para colocación de pasos de alcantarilla y construcción de cabezales, ambos derivados de la Licitación Pública 2011LN-000001-01. Nos referimos a sus oficios DPMBA/407-2011 y DPMBA/408-2011 ambos de fecha 1° de diciembre del año en curso, por medio de los cuales solicita respectivamente, el refrendo legal de los contratos suscritos entre esa Municipalidad y las empresas Taberna Los Pioneros Ltda, correspondiente a los servicios de conformación de la superficie de ruedo, cunetas y colocación de material granular en caminos del cantón por un monto de ¢53.265.900,00 (cincuenta y tres millones doscientos sesenta y cinco mil novecientos colones exactos), y Constructora Altamirano Batista S.A., para los servicios de mano de obra, materiales y equipo, para colocación de pasos de alcantarilla y construcción de cabezales, por un monto de ¢48.980.000,00 (cuarenta y ocho millones novecientos ochenta mil colones exactos), ambas contrataciones derivadas de la Licitación Pública 2011LN-000001-01. Sobre e ...
Fecha publicación: 22/12/2011
Fecha emisión: 19/12/2011
Documento: 12859-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio Nº 12786 16 de diciembre de 2011. DCA-3317 Señor Lic. Luis Fernando Araya Montero Coordinador de Licitaciones Dirección de proveeduría Instituto Costarricense de Electricidad. Estimado Señor: Asunto: Se deniega el refrendo del contrato No. 2011000095 suscrito entre el Instituto Costarricense de Electricidad (en adelante ICE) y la empresa Inversiones Geochem Dos mil S. A, por un monto de $14.569.000,00 derivado de la licitación pública 2011LI-000001-PROV, promovida para la compra de adquisición de perforadora autotransportable y sus periféricos. Se atiende su oficio No. 5221-1490-2011 de fecha 22 de noviembre de 2011, recibido en esa misma fecha, por medio del cual se solicita el refrendo del contrato descrito en el asunto. Dicho oficio a petición de este Despacho es ampliado mediante oficio 5221-1585-2011 del 12 de diciembre del año en curso y fue recibido en esa misma fecha. Al respecto se indica lo siguiente: El ICE ha informado que en fecha 13 de octubre de 2011 publicaron en su página web la modificación hecha al acto de adjudicación según acuerdo de Junta de Adquisiciones Corporativa (ver folio 2341 del expediente de licitación), pero que la misma por error fue eliminada de la página de referencia, volviéndose a dar la publicidad de dicha modificación el pasado 9 de diciembre del año en curso. Por lo anterior y de conformidad con lo regulado en el artículo 26 de la Ley 8660 y el numeral 152 del Reglamento a dicha Ley, solamente se puede valorar el tema del eventual otorgamiento del refrendo de contrato, una vez que transcurra el plazo referido en las normas de cita. Lo anterior genera a su vez que si la última publicación hecha data del 9 de diciembre del año en curso, el contrato que se someta a refrendo no puede tener una fecha de suscripción anterior a ese momento. Por ultimo se indica que siendo ...
Fecha publicación: 18/12/2011
Fecha emisión: 15/12/2011
Documento: 12786-2011.pdf
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


R-DCA-618-2011 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las trece horas del cinco de diciembre de dos mil once. ------------------------------------------- Recurso de objeción al cartel de la Licitación Pública 2011LN-000002-01, promovida por la Municipalidad de Buenos Aires para la contratación de servicios profesionales (abogados externos) para realizar trámites de cobro judicial, interpuesto por Mauricio Benavides Chavarría.------------------- I. POR CUANTO: El señor Mauricio Benavides Chavarría presentó en tiempo recurso de objeción contra el cartel de la Licitación pública 2011LN-000002-01, promovida por la Municipalidad de Buenos Aires..------------------------------------------------------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante el auto de las catorce horas con treinta minutos del veintidós de noviembre del dos mil once, se confirió audiencia especial a la Administración con el objeto que se refiriera por escrito a los argumentos del objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación, audiencia que fue contestada mediante oficio Nº DPMBA/406-2011 del 24 de noviembre del 2011.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: Sobre el fondo del recurso. 1) Ítem 1 “Objetivo: Contratación de servicios profesionales (Abogados externos) para realizar trámites de cobro judicial”. El recurrente cuestiona que en el objetivo de la licitación no se indican ni se describen las funciones que se deben desempeñar, ni la cantidad de abogados que necesitan, lo que produce inseguridad entre los oferentes dado que existe ausencia de criterios adecuados para seleccionar el personal, sumado a que no existen criterios adecuados que justifiquen la selección de los profesionales de este concurso. La Administración estima que el cartel es claro al indic ...
Fecha publicación: 08/12/2011
Fecha emisión: 05/12/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 12929 20 de diciembre de 2011 DCA-3351 Doctor Armando Villalobos Castañeda Director Regional Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur Caja Costarricense de Seguro Social Fax 2221-7546 Asunto: se confiere refrendo al contrato de Servicios de Atención Primaria para el Área de Salud de Coronado, suscrito entre la Caja Costarricense de Seguro Social (Dirección Regional de Servicios de Salud Central Sur). Licitación Pública 2011-LN-000003-2399. Estimado Doctor: Damos respuesta a su oficio DRSSCS-ADM-0953-2011 de 14 de noviembre de 2011, recibido el día 15 del mismo mes y año, mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre esa Dirección y la Asociación de Salud Integral del Cantón de Vásquez de Coronado, para la prestación de servicios de atención primaria bajo la modalidad de entrega según demanda, derivado de la Licitación Pública 2011- LN-000003-2399. Una vez realizado el estudio legal correspondiente, con fundamento en los artículos 182 y 184, constitucionales y en lo previsto por el Reglamento sobre el Refrendos de las Contrataciones de la Administración Pública, le comunicamos que este órgano contralor otorga el refrendo del contrato, sujeto a las condiciones que adelante se indican y cuya verificación será responsabilidad exclusiva de su persona, en su condición de Director Regional, remitente de la solicitud, o bien, de quien ejerza ese cargo. En caso que usted no resulte competente para verificarlas, le instamos a instruir o bien comunicar a la (s) dependencia (s) que corresponda (n), para ejercer el control sobre las siguientes condiciones: 1) El contrato en su fase de ejecución, en cuanto a derechos y obligaciones, se regirá no sólo a los términos contractuales sino conforme al marco previsto en la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento. 2) Esa en ...
Fecha publicación: 01/12/2011
Fecha emisión: 28/11/2011
Documento: 12929-2011.pdf
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


R-DCA-600-2011 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas del veinticuatro de noviembre del dos mil once.------ - Recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por la empresa RANSA Representaciones, Asesorías y Negocios, S.A., en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2011LA-000070-PROV, promovida por el Instituto Costarricense de Electricidad, para el servicio de reconstrucción de partes usadas de turbinas del Centro de Generación Moín, recaído a favor de la empresa Wood Group Power Plant Services INC., por un monto de US$926.045,08.----------------------------------------------------------------------------------------------------. RESULTANDO: I. Que mediante escrito recibido en esta Contraloría General el 10 de noviembre del 2011, la empresa RANSA interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio en contra del acto de adjudicación de la Licitación Abreviada N° 2011LA-000070-PROV, promovida por el Instituto Costarricense de Electricidad, para el servicio de reconstrucción de partes usadas de turbinas del Centro de Generación Moín, recaído a favor de la empresa Wood Group Power Plant Services INC.----------------------------- ------------------------------------------------------------------------------------ II. Que en los procedimientos se han observado las prescripciones constitucionales, legales y reglamentarias y, --------------------------------------------------------------------------------------------------- CONSIDERANDO: I. HECHOS PROBADOS: 1) Que el Instituto Costarricense de Electricidad promovió la Licitación Abreviada N° 2011LA-000070-PROV, para el servicio de reconstrucción de partes usadas de turbinas del Centro de Generación Moín (ver folio 61 del expediente administrativo), 2) Que dicho concurso fue adjudicado a la empresa Wood Group Power Plant Services INC., por un monto de US$926.0 ...
Fecha publicación: 29/11/2011
Fecha emisión: 24/11/2011
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 10556 TELEFAX Nro. 2730-2444 28 de octubre, 2011 DFOE-DL-0962 Señorita Lilliana Badilla Marín Secretaria Municipal Señor Carlos Luis Mora Vargas Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES Estimada señorita y señor: Asunto: Improbación del presupuesto inicial (ordinario) del periodo 2012 de la Municipalidad de Buenos Aires. Para que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo, y para lo que compete al Alcalde de esa Municipalidad, se les informa que con fundamento en las atribuciones conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 175 y 184 de la Constitución Política de la República, 18 de su Ley Orgánica Nro. 7428 y otras leyes conexas, se imprueba el presupuesto inicial (ordinario) de esa Municipalidad para el ejercicio económico 2012, remitido mediante oficio Nro. AMBA-587-2011 del 28 de setiembre de 2011, recibido en esta Contraloría General el 30 del mismo mes y año. Lo anterior por cuanto, el citado presupuesto no incluye el contenido suficiente para cubrir todos los egresos probables durante el período 2012, incumpliéndose lo dispuesto en el artículo 176 de la Constitución Política, 91 del Código Municipal, así como los principios de anualidad y universalidad establecidos en la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos Nro. 8131, artículo 5, incisos a) y d); la norma 502.04 del Manual de Normas Técnicas sobre presupuesto que deben observar las entidades, órganos descentralizados, unidades desconcentradas y municipalidades, sujetos a la fiscalización de la Contraloría General de la República y numeral 2.2.1.5 a) de las Normas Técnicas básicas que regulan el S ...
Fecha publicación: 15/11/2011
Fecha emisión: 28/10/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL (CLASE INACTIVA)
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
Tesauro: Principios


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 10764 TELEFAX Nro. 2730-2444 2 de noviembre, 2011 DFOE-DL-0983 Señor Carlos Luis Mora Vargas Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES Estimado señor: Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 3-2011 de la Municipalidad de Buenos Aires. Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se le remite el presupuesto extraordinario Nro. 3-2011 de esa Municipalidad por un monto de ¢362 542 688,03. Al respecto, se le indica lo siguiente: 1. La recalificación de ingresos se aprueba de acuerdo con las justificaciones aportadas. No obstante, esa Administración deberá evaluar periódicamente la recaudación integral de los ingresos, de manera que de ser necesario se realicen los ajustes del caso. Asimismo y en cuanto a la aplicación de estos recursos, la misma se autoriza considerando las medidas adoptadas por esa Municipalidad para amortizar el déficit de recursos libres del 20101, según lo comunicado por el señor Gerardo Cordero Arguedas, Contador Municipal en su oficio Nro. CMBA-78-2011 de fecha 18 de octubre del 2011. Por lo que esa Administración es responsable de cumplir con el compromiso manifiesto en el documento de marras para cubrir dicho déficit e informar a esta Contraloría General sobre lo actuado. 2. En vista de que en este documento presupuestario se incluye contenido económico para cubrir ajustes de carácter salarial, la Administración es responsable de que se cumplan los requerimientos legales pertinentes. Consecuentemente, la aprobación de esta Contraloría General está referida a la previsión presupuestaria necesaria para cubrir las obligaciones salariales correspondientes, lo que no implica ...
Fecha publicación: 15/11/2011
Fecha emisión: 02/11/2011
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 11035 08 de noviembre de 2011 DJ-1227-2011 Licenciado Ronald Rivera Rojas Coordinador Área Garantías Registros y Sanciones Dirección Proveeduría Corporativa INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta sobre la ejecución de la cláusula penal en caso de incumplimiento total del contrato y estimación de daños y perjuicios considerando los gastos administrativos incurridos en el proceso de contratación. Damos respuesta a su oficio No. 5225-2391-2011 de fecha 24 de octubre de 2011, mediante el cual solicita criterio de este órgano contralor con respecto a la aplicación de la cláusula penal en el desarrollo de la actividad contractual que realiza el Instituto Costarricense de Electricidad, particularmente sobre la ejecución de la cláusula penal en caso de incumplimiento total del contrato y estimación de daños y perjuicios considerando los gastos incurridos en el proceso de contratación. Al respecto, es pertinente señalar que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994) y la Circular Nº CO-529 “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 107 del 5 de junio de 2000, se establecen los requerimientos para la presentación de las gestiones de consulta, de donde cabe destacar que estos deben ser considerados al interponer una consulta ante este órgano contralor, dentro de las cuales interesa particularmente mencionar lo regulado en los puntos 3,4 y 6 de la circular en mención: “3. Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión Deberá acompañarse del dictamen de la unidad ...
Fecha publicación: 07/11/2011
Fecha emisión: 04/11/2011
Documento: 11035-2011.pdf
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 09850 10 de octubre de 2011 DJ-1116-2011 Señora Lilliana Badilla de Vega Secretaria Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES Estimada señora: Asunto: Se rechaza la gestión formulada al no haberse atendido requerimiento previo.- Nos referimos al oficio sin número de 12 de setiembre de 2011, mediante el cual la secretaria del Concejo Municipal de Buenos Aires consulta si es lícito y prudente presupuestar alguna prohibición o dedicación exclusiva adicional, sin cubrir antes los derechos de aumento salarial completo de todos los funcionarios de la Municipalidad de Buenos Aires que tienen antigüedad como asalariados. A partir de lo anterior, en oficio de esta Contraloría General número DJ-1066 del 27 de setiembre de 2011, dentro del análisis de admisibilidad correspondiente se requirió al consultante aclarar dentro del plazo de 5 días hábiles los términos de la consulta así como aportar el respectivo criterio jurídico de la administración consultante. Así las cosas, al haber transcurrido un plazo razonable superior a los cinco días hábiles conferidos, sin que a la fecha se haya atendido nuestro requerimiento o se hayan expuesto razones que pudieran justificar las omisiones aludidas, se procede al archivo de la gestión formulada por el Concejo Municipal de Buenos Aires. Atentamente, Licda. Rosa María Fallas Ibáñez Licda. Rosita Pérez Matamoros Gerente de División a.i. Fiscalizadora RPM/ccb Ni: 15912 Ci: Archivo Central G: 2011002207-1 ] ...
Fecha publicación: 13/10/2011
Fecha emisión: 10/10/2011
Documento: 09850-2011.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO